Los gastos de constitución de hipoteca son el nuevo caballo de batalla de los bancos.
Estos gastos son los de Notaría, Gestoría, Registro de la Propiedad e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (Modelo 600 ó 601 de las Haciendas Locales).
Hay que tener en cuenta que la mayoría de hipotecas se firman junto con la compraventa de la vivienda o la subrogación a la hipoteca previa del promotor o antiguo propietario, por lo que se generan dos tipos de facturas: las vinculadas a la compraventa o subrogación y las vinculadas a la hipoteca. Por lo tanto, no hay que confundir los gastos vinculados a la compraventa o subrogación, que no son reclamables al banco, con los gastos de constitución de hipoteca que sí lo son.
A fecha de hoy, únicamente existe la Sentencia del Tribunal Supremo de 23/12/2015 que declaró la nulidad de la cláusula de las hipotecas del BBVA que impone que la totalidad de los gastos de constitución de una hipoteca sean a cargo del cliente, pero esta sentencia contiene un aviso para el resto de bancos al señalar que se pueden considerar nulas todas aquellas cláusulas de contenido parecido de cualquier otra entidad bancaria.
Es importante tener en cuenta que para iniciar la reclamación de estos gastos es necesario tener copia de las facturas vinculadas a la hipoteca. Si no se dispone de ellas se puede acudir a la Gestoría que tramitó la inscripción de la hipoteca en el Registro y, si no se conoce, se puede intentar conocer cuál era a través del Notario con el que se firmó la hipoteca.
Por sólo 50€, rellena el siguiente formulario y contarás con el documento jurídico necesario para iniciar tu reclamación ante tu banco.
“Para la presente reclamación será necesario facilitar copia de las facturas de constitución de hipoteca. Para ello puede cargarlos en el propio formulario o bien puede usar los canales de contacto, señalados al pie de esta página”